TÉRMINOS Y CONDICIONES DE ENTREGA Y PAGO DE HELUKABEL COLOMBIA S.A.S
Versión: 02/05/2025
1. ALCANCE LEGAL
a. Los presentes términos y condiciones generales (en adelante los “Términos”) de HELUKABEL COLOMBIA S.A.S. (en adelante “HELU” o la “Compañía”) serán aplicables a todas las relaciones contractuales entre HELU y cualquier persona natural o jurídica que realice cualquier tipo de negocio, operación y/o transacción (en adelante el “Cliente”);
b. El Cliente y HELU serán denominados conjuntamente como las “Partes”;
c. Lo presentes Términos serán vinculantes para todas las cotizaciones, órdenes de venta, facturas, y/o cualquier otro documento expedido por HELU con relación a las operaciones con el Cliente;
d. Salvo acuerdo en contrario, debidamente firmado dentro del contrato correspondiente entre HELU y el Cliente, todos los precios que HELU otorgue al Cliente en cualquiera de sus documentos se entenderán emitidos en dólares de los Estados Unidos de América. En caso de que el Cliente realice cualquier pago en pesos colombianos, el pago correspondiente se deberá de hacer de acuerdo con la Tasa Representativa del Mercado (TRM) del día del pago;
e. Toda disposición contraria, divergente y/o complementaria de los presentes Términos deberá pactarse expresamente por escrito. En ese sentido, no se admitirán remisiones a documentos distintos a los referenciados expresamente en el presente documento y el contrato entre HELU y el Cliente;
f. La totalidad de acuerdos negociados entre HELU y el Cliente se encuentran plasmados en el presente documento y aquel que formalice la relación entre las partes. En caso de contradicciones entre los Términos y cualquier otro documento, prevalecerá lo aquí pactado.
2. PARTES CONTRATANTES
a. Para cada transacción en específico, HELU solo se obliga y considera como parte contratante al Cliente, quien ha realizado directamente un pedido y al que se le ha dado la confirmación de este;
De acuerdo con lo anterior, HELU prestará sus servicios únicamente al Cliente nombrado en la cotización o en la confirmación del pedido. En ese sentido, HELU no responderá ante reclamaciones de terceros de ningún tipo. El Cliente se obliga a mantener indemne a HELU por cualquier reclamación de terceros que resulte en una condena en contra de la Compañía, por cualquier concepto.
3. REPRESENTACIONES TELEFÓNICAS Y VERBALES
a. Las comunicaciones verbales en persona, por teléfono u otros medios electrónicos no son legalmente vinculantes;
b. El Cliente potencial debe especificar el objeto de la entrega en cuestión (por ejemplo, una construcción de cable determinada) por escrito e indicar la cantidad y los detalles de la entrega (plazo de entrega deseado, tipo de envío, transferencia de riesgo), ya que de otro modo no es posible realizar una revisión confiable.
4. COTIZACIÓN, RESERVAS
a. Las cotizaciones realizadas por HELU no serán vinculantes ni tendrán obligación para las Partes, a menos que lo contrario sea expresamente acordado por las mismas;
b. Las cotizaciones de HELU están explícitamente sujetas a la disponibilidad y existencia del producto solicitado por el Cliente.
HELU se compromete a informar sin demora al Cliente de la no disponibilidad y a reembolsar sin demora las contraprestaciones ya recibidas en caso de ser aplicable;
c. HELU se reserva explícitamente el derecho de venta previa para todas sus cotizaciones.;
d. Las cotizaciones se presentan sujetas a que el Cliente sea aceptado por la aseguradora de préstamos comerciales asignada por HELU;
e. HELU se reserva el derecho a corregir errores y faltas de ortografía en las cotizaciones escritas;
f. Si la cotización tiene una fecha de expiración, se entenderá retirada si no es aceptada dentro del plazo conferido. En el caso en que la cotización no tenga una fecha de expiración estará vigente hasta el último día calendario del mes en que esta fue emitida.
g. HELU no está obligado a aceptar ningún pedido realizado después del vencimiento de la cotización;
h. Los Productos de catálogo se ofrecerán únicamente con las calidades y características que se indican en el catálogo y en las hojas de especificaciones del producto correspondiente. Las hojas de especificaciones reflejan el estado técnico de las calidades que rigen la cotización. HELU se reserva el derecho a realizar modificaciones técnicas. La utilización y la idoneidad para un fin determinado no son objeto de la cotización;
i. Toda diferencia entre los insumos ordenados o provistos en relación con la orden de compra correspondiente, especialmente al respecto de materiales y diseño, estarán exclusivamente sujetos al alcance que tenga el progreso técnico de los mismos;
j. Se entenderá que existe una relación contractual entre el Cliente y HELU luego de la recepción de la confirmación del pedido por escrito y la aceptación de las condiciones indicadas en dicha confirmación por parte del Cliente. Los contratos accesorios, modificaciones y cualquier otro suplemento serán únicamente válidos si son aceptados por HELU por escrito;
k. Si no se recibe la confirmación del pedido, el contenido del contrato se rige por la cotización y los presentes Términos y Condiciones;
l. En caso de pedidos aplazados o retrasados por causa del Cliente, HELU tendrá derecho a conseguir el material para el pedido completo y/o solicitar la fabricación inmediatamente de la cantidad total del pedido, a discreción de HELU;
m. Si el envío se retrasa a petición del Cliente o por causas imputables al Cliente, HELU tendrá derecho a almacenar los Productos, a partir del vencimiento de la fecha de envío prevista, y a facturar los gastos ocasionados por ello al uno por ciento (1%) del importe neto de la factura de los Productos almacenados por cada semana completa o fracción. Esto no afectará a la reclamación de otros derechos. Además, HELU tendrá derecho, una vez transcurrido el plazo, a disponer de otra forma de los Productos y a volver a entregarlos al Cliente transcurrido un plazo razonable.
5. MODIFICACIÓN, CANCELACIÓN DE PEDIDOS
a. Las modificaciones de un pedido sólo serán válidas si HELU las confirma por escrito, con sus posibles costos adicionales. En caso de solicitar una modificación de pedido, el Cliente deberá realizarlo por escrito el mismo día de haber realizado el pedido;
b. La modificación del pedido anula el programa de entrega original, por lo que HELU no estará obligado a cumplir con los plazos establecidos de manera previa a la modificación del Cliente;
c. El Cliente no tiene derecho a anular un pedido. HELU podrá insistir en la aceptación de la entrega de los Productos solicitados y en el pago de la totalidad del precio de compra.
6. PRECIOS Y COSTOS
a. HELU podrá exigir el pago por adelantado. Las entregas a nuevos Clientes sólo se realizarán contra el pago por adelantado;
b. En el caso de las transacciones internacionales, el Cliente deberá, a elección de HELU, realizar el pago por adelantado sin límite de tiempo de pago;
c. Los precios indicados en las cotizaciones y confirmaciones de pedido son precios de acuerdo con el Incoterm “EX WORKS”, los precios no incluyen embalaje, franqueo, seguro, gastos de aduana ni tampoco gastos de envío;
d. En caso de que así sea requerido por el Cliente y acordado con HELU, cualquier otro Incoterm (método de envió/o recolección) diverso al Incoterm “EX WORKS” será pagado única y exclusivamente por el Cliente;
e. En caso de pedidos que deban ser exportados fuera de la República de Colombia, los costos de embalaje, envío, carga y descarga, así como los posibles derechos de aduana, y cualquier tipo de impuesto o tasas aplicables, correrán a cargo del Cliente. De la misma forma, el Cliente será el único responsable de llevar a cabo todos los procedimientos aduaneros y/o administrativos para la exportación de los Productos fuera del país;
f. En caso de ser necesario el uso de viáticos, el Cliente cubrirá al personal de HELU un monto limitado para cubrir sus gastos razonables de viaje. Por su parte, HELU se compromete a hacer uso de las opciones más económicas disponibles. Para el pago de viáticos es absolutamente indispensable que HELU presente al Cliente todas las facturas y comprobantes correspondientes a los elementos citados con anterioridad;
g. Salvo que se acuerde por escrito lo contrario, HELU correrá con los gastos del seguro de transporte de acuerdo con el Incoterm acordado con el Cliente;
h. Los pagos parciales únicamente serán permitidos si estos fueron acordados al momento de que el Cliente ordenó los Productos;
i. Los precios no incluyen Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA). El IVA será indicado por separado en la factura correspondiente de acuerdo con monto aplicable a la fecha de facturación. Cualquier impuesto, obligación fiscal, tarifa o cargo relacionado que HELU requiera pagar o cobrar por cualquier concepto con respecto a los servicios prestados o, la venta, uso o entrega de Productos, será facturado al Cliente por separado y pagado por el mismo, a menos que el Cliente presente a HELU un Certificado de Exclusión de IVA válido, antes de la emisión de la factura correspondiente;
j. Salvo acuerdo en contrario y por escrito entre las Partes, el importe facturado es pagadero sin deducciones, inmediatamente después de la recepción. El Cliente se constituirá en mora, sin previo aviso, por falta de pago en el plazo acordado. Si no se acuerda un plazo de pago, el Cliente se constituirá en mora diez (10) días calendario después de la recepción de la factura. En el caso de transacciones legales que no involucren a los consumidores, HELU puede cobrar al Cliente un interés de 9% (nueve por ciento). En el caso de falta de pago dentro del plazo acordado, HELU tenderá derecho de rescindir los presentes Términos, así como cualquier contrato que tenga con el Cliente sin incurrir en ningún tipo de responsabilidad por daños y perjuicios, y sin necesidad de mandato judicial, teniendo derecho de reclamar el pago de los Productos, intereses moratorios y los daños y perjuicios que cause el Cliente, así como cualquier otra acción que a su derecho convenga.;
k. HELU sólo acepta como medios de pago transferencia interbancaria o cheques que sean depositados directamente en la cuenta bancaria que designe la Compañía para tal efecto.
l. En caso de cualquier alteración a las condiciones originalmente pactadas para la cantidad de Productos adquiridos, HELU podrá emitir facturas adicionales que amparen costos adicionales;
m. El Cliente está obligado a enviar a HELU el comprobante de pago con relación a cada pedido. Si el Cliente no hace llegar de manera oportuna dicho comprobante de pago, HELU podrá, más no estará obligado a, realizar una verificación inicial para comprobar el correcto pago por parte del Cliente, con relación a cualquier factura emitida a dicho Cliente. En caso de no encontrar pago de acuerdo con lo anterior, HELU podrá requerir el pago agregándolo a cualquier otra nueva factura emitida al Cliente;
n. En tanto existan cuentas pendientes de pago por parte del Cliente, HELU no estará obligado a llevar a cabo entregas o servicios derivados de contratos vigentes. En tal caso, transcurrido el plazo de pago, cualquier reclamación de mora y/o incumplimiento hecho por parte del Cliente derivada de la suspensión de entrega de Productos y/o servicios no tendrá efectos legales. HELU se reserva el derecho de ejercer las acciones legales correspondientes, así como la reclamación del pago de daños y perjuicios.
7. CANTIDADES ENTREGADAS
a. La entrega se realizará según lo establecido en la confirmación de pedido. Las entregas parciales se reconocen expresamente como aceptables;
b. El plazo de entrega se considera cumplido cuando se entregue a tiempo al agente de carga;
c. Ningún tipo de notificación o requerimiento tendrá a HELU en incumplimiento cuando la fecha aproximada de entrega aún no se cumpla. Cualquier tipo de notificación y/o requerimiento por parte del Cliente deberá ser realizada por escrito inmediatamente luego de la recepción del pedido;
d. Por lo general, nos reservamos el derecho de entregar un diez por ciento (10%), más menos de la cantidad pedida. Sin embargo, en el caso de cables especiales específicos del Cliente, esto puede ser más o menos quince por ciento (15%) de la cantidad pedida. Lo anterior, debido a que los cables especiales se entregan en longitudes que dependen de las condiciones técnicas de producción;
e. Las fechas de entrega de HELU están sujetas a los procesos de HELU únicamente. HELU deberá informar al Cliente sin retraso si dicha entrega no podrá ocurrir en la fecha inicialmente pactada. Los plazos de entrega comenzarán con la recepción y aceptación por parte del Cliente de la confirmación de pedido, siempre y cuando se hayan aclarado todos los detalles sobre la ejecución de este entre el Cliente y HELU y se hayan cumplido todos los requisitos a cargo del Cliente, en particular, que se hayan efectuado en su totalidad los pagos por adelantado acordados o se hayan constituido las garantías exigidas;
f. Si la entrega no puede efectuarse por falta de suministro o disponibilidad, HELU podrá, sin necesidad de resolución judicial, terminar de manera anticipada el contrato con respecto a los Productos afectados, obligándose únicamente a la devolución de cualquier pago realizado por el Cliente, en caso de ser procedente. Lo anterior no es aplicable cuando el Cliente realice por sus propios medios la recolección de los productos, de acuerdo con lo establecido en la presente clausula.
g. El cumplimiento de HELU con su obligación de entrega y/o prestación de servicio dependerá del cumplimiento de las obligaciones del Cliente bajo las condiciones pactadas de tiempo, modo y lugar. HELU se reserva los derechos correspondientes a su defensa en caso del incumplimiento de Contrato. En caso de retraso en las fechas establecidas por causa del Cliente, una nueva fecha de entrega será estimada por HELU;
h. En caso de modificaciones subsecuentes a lo solicitado por el Cliente, HELU se reserva el derecho a extender la fecha de entrega. La fecha de entrega se entenderá cumplida si los Productos o servicios fueron puestos a disposición del Cliente, según lo estipulado en el contrato.
i. Los retrasos en la entrega de Productos a causa de circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, así como de situaciones que hagan a la entrega considerablemente más compleja para HELU (incluyendo, pero no limitado a huelgas, bloqueos comerciales, epidemias, decretos gubernamentales en todos sus niveles), incluso cuando éstas ocurran frente a proveedores o subcontratistas de HELU, no serán responsabilidad de HELU. Ante estos eventos, HELU tendrá el derecho para posponer la entrega de Productos mientras dure dicha circunstancia, incluyendo un periodo razonable de tiempo para reiniciar sus operaciones o incluso, para terminar total o parcialmente dicho contrato en relación con las obligaciones que queden pendientes por llevarse a cabo;
j. Si HELU se retrasa en la entrega, el Cliente deberá establecer un plazo de prórroga razonable para el cumplimiento de las obligaciones de HELU, siendo este un periodo de al menos catorce (14) días calendario;
k. HELU solo será legalmente responsable si el retraso de dicha entrega se deriva del incumplimiento culposo de sus obligaciones. En este caso, la responsabilidad de HELU estará limitada al cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor neto de los Productos afectados por el retraso, por cada semana calendario completa de retraso hasta un máximo un total del cinco por ciento (5%) del valor neto de los Productos. El Cliente no podrá reclamar ningún otro concepto ante el retraso en la entrega, como por ejemplo tiempos de inactividad, interrupción del negocio o lucro cesante.
7.1 PRECIOS DE LOS CABLES Y CONDUCTORES
a. Al valor de los Productos será sumado el valor del Impuesto al Valor Agregado y los correspondientes costos de envío.
7.2 VALOR MÍNIMO POR PEDIDO, RECARGO
a. HELU no está obligado a aceptar pedidos cuando el precio neto sea inferior a cien dólares americanos (USD $100);
b. El Cliente acepta que se realice un recargo de veinticinco dólares americanos (USD $25) para pedidos dentro de la República de Colombia
que estén por debajo del valor mínimo de pedido.
7.3 SERVICIO DE CORTE
a. En el caso de que HELU acepte entregar longitudes diferentes a las longitudes normales que se encuentran en el inventario, HELU tiene derecho a aplicar un recargo por corte. Este recargo dependerá del diámetro exterior del cable y será calculado de la siguiente manera:
- Cortes pequeños (<15mm diámetro exterior) = veinte dólares americanos (USD $20)
- Cortes medianos (>15mm diámetro exterior) = cuarenta dólares americanos USD $40)
- Cortes grandes (>35mm diámetro exterior) = sesenta dólares americanos USD $60)
- Varios cortes de un tambor a varios anillos/carretes (ej. 1x500m a 5x100) = 50% del valor del corte según el diámetro exterior.
7.4 COSTO DE FLETE Y ENVÍO
Salvo que el Cliente y HELU acuerden lo contrario, todas las entregas se realizarán de acuerdo con el incoterm “EX WORKS”, es decir que el Cliente deberá recibir los Productos cuando estos se encuentren listos, en el domicilio y horario indicado por HELU. En caso de que HELU acuerde realizar la entrega por cuenta propia o por medio de transportista, todas las entregas excluyen la descarga; También enviamos por cobrar sin descargar.
8. DEVOLUCIONES, GASTOS DE DEVOLUCIÓN
a. El Cliente no tiene derecho a devolver los bienes que se entreguen libres de defectos;
b. Sólo en casos excepcionales y a discreción de HELU, la Compañía podrá adquirir del Cliente los artículos entregados, determinando previamente el estado de los bienes. Para ello, el Cliente devolverá los bienes entregados a HELU a su cargo. El Cliente estará obligado a marcar claramente el embalaje o el contenedor de transporte del producto con el nombre del remitente desde el exterior y, además, a indicar claramente el remitente y todos los datos de contacto en el interior del embalaje o del contenedor de transporte;
c. Después de la recepción, HELU inspeccionará la cantidad y el estado de los Productos devueltos. HELU informará al Cliente del resultado de la prueba;
d. HELU hará una oferta para aceptar la devolución teniendo en cuenta la antigüedad y el estado en que fueron devueltos;
e. Si el Cliente acepta la oferta de devolución, HELU acreditará la cuenta del Cliente o ejecutará el pago correspondiente;
f. Si el Cliente no acepta la oferta de devolución, deberá recuperar los Productos. Si a pesar de la solicitud no ha habido recuperación dentro de un (1) mes siguiente, HELU tiene derecho a desechar los Productos correspondientes y cobrar los gastos incurridos al Cliente.
9. DERECHO A RECHAZAR LA EJECUCIÓN, RETENCIÓN DEL PAGO, COMPENSACIÓN
a. El Cliente solo tendrá derecho de retener el pago únicamente cuando 1) el Cliente y HELU acuerden por escrito que el pago se realizará de forma vencida y no anticipada; y, 2) exista pleno incumplimiento por parte de HELU a lo acordado entre las Partes;
b. La compensación es admisible sólo con respecto a las reclamaciones que no están en disputa;
c. A cualquier tipo de reclamación que sea resuelta, ya sea por medio de cualquier procedimiento ante mediador o arbitraje, o por medio de las autoridades judiciales correspondientes, no le será aplicable la compensación.
10. RETENCIÓN DE LA PROPIEDAD Y PROHIBICIÓN DE REVENTA Y PROCESAMIENTO
a. HELU retendrá la propiedad de los Productos entregados hasta que se haya recibido y aceptado el pago completo e incondicional del monto facturado por cada artículo respectivo;
b. De acuerdo con el párrafo anterior, el Cliente no podrá revender, usar y/o procesar los Productos sino hasta acreditar el pago total del precio de compra;
c. Las acciones realizadas por el Cliente que conduzcan a la pérdida o daño de la propiedad de HELU son motivo para una reclamación por daños y perjuicios contra el Cliente;
d. El Cliente se compromete a informar de inmediato a HELU de cualquier procedimiento judicial y/o administrativo realizado por terceros relacionados con los bienes sujetos a la propiedad de HELU. Asimismo, el Cliente deberá informar a terceros de la titularidad de los bienes;
e. En caso de reventa o arrendamiento de los bienes sujetos a propiedad de HELU, el Cliente cederá a HELU como garantía sus derechos de crédito frente sus clientes hasta que se haya pagado la totalidad del precio de compra. HELU aceptará estas cesiones de garantía;
f. Cuando los bienes sujetos a propiedad de la Compañía hayan sido procesados, modificados o vinculados a otro objeto, HELU adquirirá un interés de propiedad inmediato en el objeto recién fabricado que posteriormente se considerará como bienes sujetos a propiedad;
g. Si el valor de la garantía en forma de reclamos por cobrar excede el precio de compra en más de veinte por ciento (20%), entonces, a pedido del Cliente, HELU liberará la garantía de manera proporcional.
11. LUGAR DE EJECUCIÓN, TRANSMISIÓN DEL RIESGO
a. El lugar de ejecución es el domicilio social de HELU en la carrera 45 #108-27 Edificio Paralelo 108 Torre 2 oficina 1502, Bogotá D.C., Colombia;
b. Se entenderá que HELU ha cumplido con su obligación de desempeño cuando haya informado que está listo para enviar o ha entregado al transportista;
c. A menos que la confirmación del pedido indique lo contrario, la entrega se regirá por el Incoterm “EX WORKS”, es decir, que el Cliente deberá de recolectar los Productos cuando estas se encuentren listas, en el domicilio y horario indicado por HELU;
d. A menos que las partes acuerden lo contrario, el riesgo de pérdida o deterioro accidental pasa al Cliente en el momento de la entrega al transportista;
e. El Cliente deberá recibir los Productos a su cargo. Si el Cliente no recibe en un periodo máximo de 5 días calendario, estará en mora de aceptación de entrega. En dado caso, HELU podrá cobrar los valores correspondientes indicados en el literal m) del numeral 4 de los presentes Términos.
12. Garantías
12.1 RECLAMACIONES DE DEFECTOS, PERÍODO DE GARANTÍA
a. Los Productos entregados estarán libres de defecto si cumplen con las especificaciones técnicas contenidas en la hoja de especificaciones y en el catálogo;
b. HELU no puede determinar, revisar y/o garantizar la idoneidad de los Productos para una aplicación o uso en particular, ni las condiciones ambientales ni los efectos posteriores en un sistema eléctrico particular. Las Partes manifiestan expresamente que ni la idoneidad para un uso particular ni la idoneidad para condiciones ambientales particulares son objeto del contrato;
c. Toda recomendación hecha por HELU en cuanto a los Productos están condicionadas a la integridad y precisión de los datos proporcionados por el Cliente. En ningún caso se analizarán circunstancias especiales;
d. Después de la entrega de los Productos respectivos, el Cliente deberá inspeccionarlos de inmediato y, si se detecta un defecto, deberá presentar una queja por escrito a HELU hasta máximo dentro del día siguiente. La reclamación por escrito deberá contener el número de factura, el número de artículo, la cantidad involucrada con cada reclamación individual enumerada individualmente. En caso de entregas sucesivas o parciales, cada entrega deberá ser inspeccionada y protestada individualmente;
e. La responsabilidad de realizar una inspección inmediata se extiende, en particular, a la comprobación de la funcionalidad y la conformidad de los Productos entregados con los datos proporcionados en la página de especificaciones y el catálogo en línea;
f. La responsabilidad de realizar una inspección inmediata y presentar una queja se aplica a cada paso de procesamiento individual. Si el Cliente no realiza la reclamación inmediata en la etapa de procesamiento respectiva, los Productos entregados se considerarán aprobados y aceptados;
g. Si el Cliente no presenta de inmediato una queja por defecto, los Productos entregados se consideran aceptados;
h. Tras la aceptación, solo serán válidas las reclamaciones por vicios ocultos que el Cliente no haya podido determinar al momento de la inspección de los Productos. En el caso de una reclamación en ese sentido, HELU solo estará obligado, si así se determina judicialmente, a devolver el valor de los Productos;
i. Luego de la entrega, los Productos tendrán garantía por un plazo de doce (12) meses siguientes a la fecha entrega.
12.2 ACLARACIÓN DE LAS CUESTIONES TÉCNICAS, OBLIGACIÓN DEL CLIENTE DE COOPERAR
a. El Cliente deberá enviar a HELU muestras de los Productos supuestamente defectuosos para que HELU pueda realizar el análisis correspondiente;
b. Además, el Cliente deberá permitir que HELU acceda al lugar de montaje para que este pueda inspeccionar el entorno y la exposición de los Productos entregados (calor, voltaje, amperaje, rectificadores, fusibles, etc.);
c. A menos que HELU reconozca el defecto de los Productos entregados, la garantía quedará sin efecto si el Cliente incumple las obligaciones antes mencionadas.
12.3 ACUERDO DE ARBITRAJE DE EXPERTOS
a. En el caso en que las Partes no puedan ponerse de acuerdo sobre si los Productos entregados son defectuosos o no, las Partes acuerdan que los hechos en disputa serán decididos con efecto legalmente vinculante por un árbitro experto. El árbitro experto deberá ser un perito certificado en la materia objeto de disputa;
b. Si las Partes no logran ponerse de acuerdo sobre la designación del árbitro experto dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados desde el requerimiento escrito de una de ellas, cualquiera de las Partes podrá solicitar que el árbitro experto sea designado por el cualquier institución neutral y especializada que presente dicho servicio.
c. El árbitro experto designado solo podrá ser recusado por motivos que, conforme a la legislación aplicable, serían válidos para recusar a un juez por razones personales.
d. Los costos del arbitraje serán asumidos por la parte cuya posición resulte desfavorecida.
12.4 PROCEDIMIENTO, CRÉDITO, SUBSANACIÓN
a. En la industria del cable, es común que los clientes requieran bienes de reemplazo de manera inmediata, incluso antes de que se haya determinado formalmente si los Productos originalmente entregados presentan defectos. En atención a esta necesidad operativa y conforme a los usos comerciales del sector, HELU únicamente entregará Productos de reemplazo previa facturación y pago por parte del Cliente, sin que ello implique una aceptación previa de responsabilidad ni un reconocimiento de defectuosidad respecto de los bienes iniciales. El eventual otorgamiento de un crédito o reembolso por los Productos originalmente entregados estará sujeto a la verificación previa de los hechos y, en todo caso, se limitará a la proporción correspondiente a los bienes efectivamente devueltos, desarmados y no utilizados por el Cliente. Esta política se fundamenta en que el valor económico de los Productos suministrados depende, en gran medida, del contenido metálico (por ejemplo, cobre), lo cual impide asumir riesgos comerciales sin una evaluación previa.
b. En el caso en que el Cliente solicite bienes sustitutos, HELU tendrá derecho a solicitar otros fabricantes la entrega de Productos equivalentes como productos de sustitución que, técnicamente hablando, sea estructuralmente idénticos;
c. No se otorgará crédito por Productos defectuosos que no sean devueltos.
12.5 FALTA DE SUBSANACIÓN, REDUCCIÓN DEL PRECIO, RESCISIÓN DEL CONTRATO
a. El Cliente no tiene derecho a una reducción del precio ni a rescindir el contrato hasta que se haya producido una falta de subsanación;
b. HELU tendrá al menos dos (2) intentos de subsanación;
c. Si el Cliente solicita una reducción del precio de compra, deberá demostrar en qué medida la utilidad de los Productos entregados se ve menoscabada por el defecto. Si desde el punto de vista técnico no se menoscaba la utilidad de los Productos entregados, no se concederá rebaja de precio;
d. El hecho de no etiquetar los Productos con el nombre del Cliente o el nombre HELU, no justificará una reducción de precio ya que no perjudica la capacidad técnica de desempeño de los Productos;
e. Cualquier reducción de precio solo puede aplicarse al precio del artículo, sin el recargo por metal.
12.6 EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD SIN FALLA
.a. HELU no es responsable de pagar daños por cualquier entrega o ejecución defectuosa que no se base en una falla grave en la elaboración del producto o en la presentación del servicio. En ningún caso HELU es responsable lucro cesante, tiempo de inactividad o compensación por interrupción del negocio.
12.7 REEMBOLSO DE GASTOS
a. El Cliente solo tendrá derecho a presentar una reclamación de reembolso de gastos si los intentos de subsanación han fallado y HELU es culpable del defecto de los Productos entregados;
b. Cualquier subsanación ejecutada satisfactoriamente deja sin efectos cualquier reclamación por gastos;
c. El Cliente acepta que la solicitud de reembolso de los gastos se entenderá como renuncia a posteriores reclamaciones de cualquier naturaleza por concepto de daños y perjuicios;
d. Los gastos reembolsables incluyen solo los costos incurridos después de recibir la confirmación del pedido;
e. No será procedente ningún reclamo de reembolso de gastos cuando el Cliente haya podido o debió anticipar, la falla en el desempeño de los Productos;
f. En particular, el derecho al reembolso no procederá frente a Productos sujetos a la reserva de auto-entrega;
g. Tampoco habrá derecho a reembolso de gastos cuando el gasto sea significativamente desproporcionado con respecto a la prestación no ejecutada. Esto se aplica, en particular, si el Cliente pudo haber obtenido fácilmente Productos comparables de un competidor;
h. Las reclamaciones por lucro cesante, tiempo de inactividad, interrupción del negocio y costos de mano de obra propia no entran dentro del alcance de los gastos reembolsables;
i. Si el Cliente ha obtenido o podría haber obtenido algún uso de sus gastos, el derecho al reembolso de los gastos se reducirá en consecuencia.
12.8DAÑOS A CUALQUIER ELEMENTO DE PROPIEDAD QUE NO SEAN LOS PRODUCTOS ENTREGADOS
a. Las reclamaciones por daños y perjuicios contra HELU por la destrucción de cualquier bien de propiedad del Cliente que no sean los propios Productos entregados, solo procederán si se puede demostrar que HELU actuó de forma intencionada o con culpa grave;
b. El Cliente no tendrá derecho a indemnización por daños y perjuicios si, en el momento del pedido, no informó a HELU de que podría producirse una Pérdida Financiera Importante en caso de una entrega defectuosa. Pérdida Financiera Importante se entenderá como una cantidad superior a Cincuenta mil dólares americanos (USD $50,000);
c. Quedan expresamente excluidas las reclamaciones del Cliente basadas en daños económicos, en particular por lucro cesante, tiempos de inactividad de la producción o interrupción del negocio;
d. HELU no se hace responsable de los daños económicos atribuibles a reclamaciones presentadas contra el Cliente por terceros;
e. Cualquier limitación de responsabilidad de HELU se entenderá también pactada en beneficio de los órganos de gobierno internos de HELU, sus gerentes, empleados o agentes indirectos;
f. Las limitaciones de responsabilidad antes mencionadas no se aplicarán en casos de muerte, lesiones corporales, deterioro de la salud o derechos inalienables;
g. Las limitaciones y exclusiones de responsabilidad antes mencionadas tampoco se aplicarán si se demuestra que HELU ha actuado de forma intencionada o con culpa grave.
13. NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL
a. Todos los Clientes están obligados a señalar su Registro Único Tributario (para Clientes dentro de la República de Colombia) o su equivalente Número de Identificación Fiscal o Tributario (para Clientes fuera de la República de Colombia), cuando soliciten un Producto. En caso de que un Cliente no señale su número de identificación tributaria a HELU, o bien, lo haga de forma incorrecta, HELU tendrá el derecho a reclamar cualquier pérdida que se derive de ello. HELU no tiene obligación de revisar que el número de identificación fiscal sea correcto.
14. FUERZA MAYOR
a. Ninguna de las Partes será responsable frente a la otra por el incumplimiento o la demora en la ejecución de alguna obligación a su cargo, si dicho incumplimiento o demora es causada por situaciones de caso fortuito o de fuerza mayor;
b. Las Partes acuerdan que, si durante la vigencia de cualquier transacción, surgiera cualquier acto o hecho, provocado por alguna situación de caso fortuito, fuerza mayor y/o acto de Estado que fuese imprevisible y/o inevitable, provocando que cambien las condiciones esenciales que propiciaron la voluntad de las partes, el Cliente y HELU acuerdan realizar sus mejores esfuerzos para que de manera conjunta acuerden nuevas condiciones beneficiosas para el cumplimiento de sus obligaciones. En el caso en que esto resulte imposible se podrá optar por la terminación anticipada sin necesidad de resolución judicial o responsabilidad para ninguna de las Partes, siempre y cuando estas se encuentren al corriente con sus obligaciones con la otra parte. Si el evento de fuerza mayor o caso fortuito dura más de seis (6) meses, HELU también tendrá derecho a rescindir el contrato.
15. RELACIONES ENTRE LAS PARTES. INEXISTENCIA DE RELACIÓN LABORAL
a. Queda entendido que el Cliente y HELU son entidades independientes, por lo que no existe dependencia ni subordinación laboral entre las Partes. Por lo anterior, no existe ni existirá relación laboral alguna entre el personal de una parte con la otra, ni serán considerados entre sí como patrones sustitutos o solidarios;
b. En ese sentido, cada parte será exclusivamente responsable de las obligaciones laborales y de seguridad social que surjan de las relaciones existentes con su personal, tales como salarios, indemnizaciones y riesgos profesionales o cualquier otra obligación o prestación legal o extralegal;
c. HELU se obliga a responder directamente y a sacar en paz y a salvo al Cliente de cualquier reclamación que en materia laboral se le hiciere por el personal que hubiere contratado o asignado con relación a su relación contractual;
d. HELU se reserva el derecho de subcontratar a personas físicas y/u otras personas naturales para la prestación de servicios a su nombre, obligándose a responder ante el Cliente por su propia cuenta por las responsabilidades, daños y perjuicios que pudiesen ocasionarse dentro de las limitaciones establecidas en el presente documento.
16. PROPIEDAD INDUSTRIAL Y OTROS DERECHOS/CONFIDENCIALIDAD
a. Todos los documentos provistos por HELU, tales como pruebas, dibujos, planos, secretos industriales, estimados, ilustraciones, diseños y/o cualquier documento técnico es propiedad exclusiva de HELU; razón por la cual HELU es el único dueño de los derechos de propiedad intelectual sobre dicho material. Estos documentos no podrán ser usados, duplicados, hechos disponibles a terceros y/o divulgados por cualquier otra razón no relacionada con la relación contractual entre las Partes y deberá ser retornada inmediatamente en caso de ser solicitada por HELU. De igual manera, la reproducción de los Productos de HELU por el Cliente o cualquier tercero con o sin la asistencia del Cliente será violatoria de esta disposición. Los secretos industriales provistos o notificados al Cliente de cualquier forma sólo podrán ser usados para el propósito especificado en el Contrato, su divulgación a terceros está prohibida sin el consentimiento expreso de HELU. Toda propiedad intelectual que se genere a causa de la prestación de servicios de HELU será propiedad de HELU salvo pacto en contrario por escrito con el Cliente;
b. El Cliente está obligado a tratar con el mayor grado de confidencialidad todo conocimiento derivado o adquirido de una cotización solicitada o Contrato, así como toda la información comercial y/o industrial, especialmente los detalles relativos a los procesos de producción de HELU, como sus instalaciones, incluyendo los secretos industriales de carácter comercial o técnicos. El Cliente deberá instruir a todo su personal a mantener dicha confidencialidad con el nivel apropiado;
c. En caso de incumplimiento a lo contenido en los dos párrafos anteriores, se harán valer los derechos contenidos en los ordenamientos jurídicos correspondientes. Esto implica el ejercicio de acciones legales a favor de HELU en los ámbitos legales civiles, mercantiles, administrativos y penales correspondientes;
d. En caso de que HELU produzca Productos a favor del Cliente de acuerdo con dibujos, modelos, dibujos industriales, diseños industriales, pruebas u otros documentos técnicos provistos por el Cliente, o de acuerdo con procesos productivos solicitados por el Cliente, el Cliente asumirá la responsabilidad legal sobre los derechos de propiedad industrial de terceros y mantendrá indemne a HELU por cualquier reclamación de este tipo. En caso de que terceros prohíban a HELU producir y proveer dichos Productos y/o prestar servicios al invocar la existencia de derechos de propiedad industrial sobre los mismos, entonces HELU tendrá derecho a cesar cualquier actividad dentro del alcance de dichos Productos y a demandar la reparación del daño al Cliente sin necesidad de hacer gestión legal alguna.
17. DERECHO DE RESCISIÓN DE HELU
HELU tendrá el derecho de rescindir el contrato por las siguientes razones:
- Si se determina que, a pesar de haber sido declarado lo contrario en el contrato, el Cliente no tiene capacidad crediticia. La falta de capacidad crediticia podrá ser asumida en caso de cesación de pagos por el Cliente o en caso de que no pueda recuperarse el producto de las instalaciones del Cliente.
- En caso de que el Cliente haya proporcionado información incorrecta acerca de su viabilidad de crédito y que esta información sea de gran relevancia;
- Si los bienes sujetos a la reserva de título de propiedad de HELU son vendidos en condiciones distintas al orden habitual de negocios del Cliente, especialmente si es hecho por medio de una asignación mediante título de crédito o prenda. Podrá haber excepciones en caso de que HELU provea su aprobación por escrito.
18. IDIOMA DEL CONTRATO, LEY APLICABLE, JURISDICCIÓN Y ACUERDO TOTAL
a. A menos que se acuerde lo contrario, el idioma del contrato es el español;
b. En caso de cualquier diputa, será aplicable la legislación de la República de Colombia y, de manera supletoria, lo dispuesto en la Convención de las Naciones Unidas sobre la Venta Internacional de Mercaderías (CISG), en caso de ser aplicable;
c. La jurisdicción y lugar para todas las disputas relacionadas con respecto de los presentes Términos serán en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia;
d. En caso de que una disposición del contrato o de estos Términos resultase inválida total o parcialmente, la validez y alcance de las demás disposiciones y acuerdos no será afectada.